El artículo 4 del Reglamento de IA (el artículo 4 del AI Act, si lo buscas en inglés) obliga desde el 2 de febrero de 2025 a cualquier empresa que use IA a formar a quien la usa. En julio de 2026 el Ómnibus cambió su redacción, y media internet sigue citando la antigua. Aquí tienes el texto vigente explicado frase a frase, a quién obliga, qué cuenta como cumplirlo y qué no os exige nadie.
Artículo 4 del Reglamento de IA: lo que dice hoy, frase a frase
Empecemos por el texto, que es corto. Tras el Ómnibus digital, el Reglamento (UE) 2026/1744 publicado en el BOE, el primer apartado dice así:
«Los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA de su personal y demás personas que se encarguen en su nombre del funcionamiento y la utilización de sistemas de IA, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia, su educación y su formación, […]
[…] así como el contexto previsto de uso de los sistemas de IA y las personas o los colectivos de personas en que se van a utilizar dichos sistemas. Esta obligación no exige que los proveedores o los responsables del despliegue garanticen un nivel específico de alfabetización en materia de IA de ninguna persona en particular.»
Leído así cuesta. Troceado y aterrizado a una oficina, se entiende mucho mejor:
| La frase | Qué quiere decir en una pyme |
|---|---|
| «Proveedores y responsables del despliegue» | Quien fabrica la IA y quien la usa en su trabajo. Vosotros sois lo segundo |
| «Adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA» | Tenéis que hacer algo para que la gente sepa usarla. No es opcional |
| «Su personal y demás personas que se encarguen en su nombre» | La plantilla, y también el autónomo que os lleva las redes con IA |
| «Teniendo en cuenta sus conocimientos… y el contexto previsto de uso» | No la misma formación para todos: depende de qué hace cada uno con la IA |
| «No exige… un nivel específico… de ninguna persona en particular» | No hay examen oficial ni nota mínima por persona |
¿Y qué es exactamente la «alfabetización en IA»? El propio Reglamento la define: las capacidades y conocimientos que permiten usar la IA con conocimiento de causa y ser consciente de sus oportunidades, sus riesgos y el daño que puede causar. Dicho en corto: saber usarla y saber cuándo no fiarse.
Lo que decía antes, y por qué cambió
El texto original, el del Reglamento (UE) 2024/1689, pedía medidas para que el personal tuviera «un nivel suficiente de alfabetización». Es decir, pedía un resultado. Ese texto estuvo en vigor desde febrero de 2025 hasta el Ómnibus, que entró en vigor el 27 de julio de 2026.
El texto nuevo pide medidas para apoyar esa alfabetización. Pasa de pedir un resultado a pedir un esfuerzo razonable, lo que los juristas llaman una obligación de medios.
¿Por qué el cambio? Lo explica el propio Ómnibus: la experiencia mostró que una obligación tan estricta no encajaba en todas las empresas y era una carga, «en particular para las pequeñas empresas». Por eso el artículo añade que la Comisión y los Estados apoyarán a las pymes y que la Comisión publicará ejemplos prácticos de cómo cumplir.
Lo importante: se suavizó la forma, pero la obligación sigue ahí. Media industria de la formación sigue vendiendo el artículo 4 con la redacción que el Ómnibus quitó. Si os lo citan así, ya sabéis de qué fecha es el folleto.
A quién obliga: también si «solo usamos ChatGPT»
Obliga a cualquier empresa que use un sistema de IA en su actividad, sin mínimo de plantilla ni de facturación. No distingue por riesgo: el artículo 4 se aplica igual a quien filtra currículums con IA que a quien le pide a Claude que resuma un contrato.
Es la duda más habitual, y la respuesta es corta. Una gestoría de seis personas que usa ChatGPT para redactar correos está obligada. Una agencia que usa Claude para preparar propuestas, también. Lo que no está incluido es el uso personal: la cesta de la compra que alguien organiza con IA en su casa no es asunto del Reglamento.
Dónde encaja este artículo dentro del resto de obligaciones, y el calendario completo, lo tenéis en normativa de IA para empresas y en AI Act.
Formación obligatoria en IA para empresas: qué cuenta como «medidas»
El texto no dice qué medidas. Deja que cada empresa elija las que encajan con su uso. Eso da libertad, pero también deja la duda: ¿qué vale? Aquí van las que cuentan en una pyme que usa Claude, ChatGPT o Copilot:
- Una formación práctica por puesto. La administrativa que resume contratos aprende a pedir el resumen con la página de cada dato. El comercial, a redactar propuestas sin que se inventen cifras. Quien lleva personal, qué no se le da a la IA.
- Los límites, por escrito. Que se inventa datos con la misma seguridad con la que acierta, y que todo dato verificable se comprueba.
- Una política de uso de dos folios: qué se puede pegar, qué no, quién revisa. Hay plantilla en política de uso de IA en la empresa.
- Un repaso cuando cambia algo: una herramienta nueva, una tarea nueva, alguien que se incorpora.
No hace falta que todo sea un curso. Una sesión de una hora con vuestras tareas reales, bien hecha, es una medida. Lo que no cuenta es mandar un enlace a un vídeo genérico y darlo por hecho (se nota, y se nota más si un día alguien pregunta).
Qué necesita cada grupo del equipo lo contamos en formación en IA para equipos, y cómo ordenarlo en un documento, en el plan de formación en IA.
Lo que el artículo 4 no os exige
Detrás de cada obligación aparece quien la vende más grande de lo que es. Esto no lo pide el artículo 4:
- Un título oficial ni una certificación con sello del Estado. No existe.
- Un número mínimo de horas. Ninguna cifra sale del texto; las que circulan son opiniones de quien vende el curso.
- Un proveedor homologado por ningún organismo.
- La misma formación para toda la plantilla, que es justo lo contrario de lo que dice el texto.
- Que cada persona apruebe un examen. El Ómnibus lo dejó dicho: no se exige un nivel concreto a nadie.
Un certificado por persona no es obligatorio, pero ayuda: es la forma más cómoda de enseñar qué se hizo. Qué acredita de verdad un certificado de formación en IA y qué no, aparte.
Cómo se demuestra, y qué pasa si no se cumple
La ley no pide papeles concretos, pero si alguien pregunta, «ya lo hablamos en una reunión» no sirve. Lo que sirve es poder enseñar quién se formó, cuándo, en qué y con qué herramienta. Una hoja con esos campos basta, y la tenéis explicada en registro de formación en IA.
¿Y la multa por no formar? Os la contamos con honestidad. El Reglamento no fija una cantidad específica para el artículo 4. Su exigencia llegará por la ley española que lo desarrolla, en el Congreso desde junio de 2026.
Lo realista es otra cosa: una inspección por otro motivo (un chat sin aviso, una reclamación de datos) en la que lo primero que os piden es la evidencia de formación. Si no la hay, cuenta en contra. Los detalles, sin alarmismo, en sanciones del AI Act.
El artículo 4 no os pide que todos sepan de IA. Os pide que cada persona sepa lo justo para su tarea, y que podáis enseñar qué hicisteis para lograrlo.
Lo que hacemos
Esto lo decimos claro porque nos dedicamos a ello: formamos a equipos en Claude, puesto a puesto, con ejercicios sobre sus tareas. Cada persona sale con un certificado con su nombre, el contenido y la fecha, y la empresa con el registro de quién completó qué. Es la evidencia del artículo 4, pero sobre todo es que el lunes el equipo trabaje mejor.
Contadnos cuántos sois y qué herramientas usáis en la página de empresas. Si eres una persona que quiere formarse por su cuenta, Claude para principiantes es el primer paso. Esto es orientación práctica, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la formación en IA para las empresas?
Sí. El artículo 4 del Reglamento de IA obliga a toda empresa que use IA en su actividad a adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal. No importa el tamaño ni que la herramienta sea ChatGPT, Claude o Copilot.
¿Desde cuándo se aplica el artículo 4 del AI Act?
Desde el 2 de febrero de 2025. El Ómnibus digital, en vigor desde el 27 de julio de 2026, cambió su redacción, pero no la fecha ni la obligación.
¿El Ómnibus elimina la obligación de formar?
No. La suaviza: antes pedía que el personal alcanzara un nivel suficiente y ahora pide medidas para apoyar la alfabetización, sin exigir un nivel concreto a ninguna persona. Sigue siendo una obligación.
¿Tengo que dar un certificado a mis empleados?
No es obligatorio, y no existe un certificado oficial. Sí conviene poder demostrar quién se formó, cuándo y en qué, y un certificado por persona con contenido y fecha es la forma más cómoda de hacerlo.
¿Cuántas horas de formación en IA hacen falta?
El Reglamento no fija ninguna cifra. La formación tiene que ajustarse a lo que cada persona hace con la IA: no es lo mismo quien redacta correos que quien usa IA para decidir sobre personas.